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Cuatro años de investigación judicial por un delito contra los recursos naturales y casi seis a la espera de un informe pericial sobre los daños que el funcionamiento de la Planta de Tratamiento de Residuos de Villarrasa pudo haber provocado en la salud humana y en el entorno del vertedero acaban en un acuerdo de partes que absuelve a la Diputación Provincial de Huelva -titular de las instalaciones- de toda responsabilidad penal.
La sentencia de conformidad dictada por el Juzgado de lo Penal 2 de Huelva tras una década de instrucción (las primeras denuncias por irregularidades en el vertedero llegaron en el primer trimestre de 2002 a manos de la autoridad judicial de la Palma del Condado) deja libre de mancha al organismo provincial y carga la culpa sobre las espaldas de una única persona, el que fuera director en Huelva de Reciclados del Tinto y el Odiel (Retinod), empresa concesionaria del servicio hasta el verano de 2005.
En el que a fecha de hoy se ha convertido en uno de los procedimientos que más se han extendido en el tiempo en los juzgado onubenses, el titular del Penal 2 considera probado que la balsa de recogida de lixiviados existente en la planta presentaba “una construcción e impermeabilización irregular” que provocó, en época de lluvias, la filtración puntual de tales sustancias, que vertían hacía el cauce de la cañada La Morita, desde donde pasaban al arroyo Rubio y de aquí, al río Tinto. Así, se produjeron “derrames puntuales” al cauce del Tinto, contraviniendo -remarca la sentencia- lo dispuesto en la normativa protectora del medio ambiente, al tiempo que confirma que “produjeron un riesgo para el medio ambiente y la salud de las personas”.
Tras el acuerdo de partes alcanzado entre la Fiscalía, la Diputación y la empresa Retinod, que reconocen los hechos en el escrito que presentaron al juez, se condena al director de la concesionaria, M.V.M., como autor penalmente responsable de un delito contra los recursos naturales con la atenuante de dilaciones indebidas muy cualificada, a la pena de 3 meses de prisión -con accesoria legal de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena-, multa de 4 meses con cuota diaria de 10 euros (1.200 euros) e inhabilitación especial para la dirección y gerencia de planta de compostaje durante seis meses. El acuerdo da por sentado que era este cargo de Retinod en el que recaía la responsabilidad tanto de los residuos que llegaban a la la planta como de su funcionamiento y que además se diera cumplimiento a la normativa medioambiental.
La sentencia deja fuera finalmente a otras dos personas que fueron imputadas por el instructor de La Palma del Condado (el juzgado número 1): el jefe de servicio del vertedero y el jefe de Medio Ambiente de la Diputación cuando se produjeron las irregularidades en el funcionamiento de la planta. ya que, a consideración de la Fiscalía, no llegó a quedar acreditada su participación.
En cuanto a la implicación de la Diputación en las irregularidades detectadas en el funcionamiento del vertedero de Villarrasa, de la que era responsable de su mantenimiento y control, la resolución señala que el organismo provincia tuvo conocimiento de las filtraciones a los cauces próximos a las instalaciones, las medidas y actuaciones que adoptó “resultaron insuficientes” para evitar los derrames. Aunque el instructor de La Palma apuntó directamente al jefe de servicio de Medio Ambiente durante la investigación de la causa, el proceso se cierra sin responsables políticos después de diez años. “No ha podido concretarse dentro de la estructura de la Diputación Provincial la persona concreta que tuvo el dominio funcional de los hechos”, sentencia el Penal 2.
El organismo provincial sale del largo proceso con las manos limpias desde el punto de vista penal y se le condena como responsable civil subsidiario a la ejecución de un plan de restauración del Río Tinto, que se materializará en el arroyo Buenavista -el más próximo al vertedero-, mediante un proyecto de restauración de cauce y recogida y limpieza de pluviales. Este plan conllevará como actuaciones principales la repoblación de árboles y limpieza del cauce y, en segundo lugar, la instalación de un filtro verde.
La realización del informe pericial que ha confirmado, según la resolución, el riesgo que las filtraciones de lixiviados han supuesto para la salud de las personas y para el entorno de la planta ha mantenido bloqueada la causa desde 2006, cuando por primera vez el Ministerio Fiscal reclamó que se llevara a cabo el referido informe para calibrar las consecuencias del delito ambiental y buscar responsabilidades. La extinta Consejería andaluza de Justicia desoyó entonces la propuesta de la Fiscalía sobre la autoría del estudio (era partidario de que quedara en manos de un perito independiente) y la ausencia del peritaje llegó a provocar incluso que el instructor ordenara dar carpetazo a la causa. Hace dos años, la Fiscalía de Medio Ambiente llegó a solicitar el informe y se reabrió el procedimiento al que se pone fin después de diez años.
De M. Rosa Font
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